14-12-2011
Directorio de Servicios Profesionales para Comunidades de vecinos, Administradores de Fincas y particulares. Directorio de Administradores de fincas: BuscoAdministrador.com
Es el encargado de administrar los elementos comunes de los bienes inmuebles urbanos y rústicos propiedad de terceros, en base a las normas legales y sin más limitaciones que las que le imponen los titulares de los bienes.
Aunque su imagen es muchas veces poco valorada, sus funciones son
importantes porque se convierte en gestor, gerente, asesor, mediador,
secretario, economista y representante inmobiliario.
El administrador de fincas debe gestionar el patrimonio delegado en él con criterios profesionales, elaborando el presupuesto anual y determinando las cuotas que paga cada vecino.
Además, gestiona los cobros de los recibos relativos a
la comunidad en forma de derramas, ya sea por servicios habituales o por
obras o reparaciones extraordinarias. En este caso, él será quien vele
porque se cumplan los trabajos, al igual que controlará directamente al
personal contratado para el mantenimiento ordinario del inmueble
(conserjes, jardineros, personal de limpieza...).
Además, este profesional tiene que reclamar los recibos impagados, para que las cuentas de la comunidad (que él mismo dirige mediante balances periódicos) no se resientan.
En su labor de salvaguardar esos intereses también debe evitar que se
produzca la depreciación del valor de las viviendas por culpa de
anomalías del edificio, así como elaborar presupuestos con el fin de
lograr la mejor oferta en relación calidad- precio en el mantenimiento
del inmueble.
Es el encargado de convocar las juntas de propietarios,
en las que trata de resolver tanto los pequeños como los grandes
problemas de forma rápida y eficaz y mediar entre propietarios,
inquilinos y administraciones.
¿Qué formación necesita?
Para ejercer como administrador de fincas se debe
poseer el título pertinente otorgado por el Ministerio de Fomento
a través de dos canales. Pueden acceder a él de forma directa, con sólo
solicitarlo, aquéllos que posean el título universitario de licenciado
en derecho, ciencias políticas, económicas, empresariales, veterinaria o
ingeniería técnica agrícola, forestal o agrónoma.
En caso contrario, los interesados deberán superar el plan de estudios
de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas, autorizado por el
Ministerio, cuya docencia imparten una docena de universidades
españolas, en forma de título propio en cada una de ellas, con un mínimo
de 180 créditos lectivos y que se desarrolla en tres años.
Al margen de la preparación inicial, los diversos colegios profesionales
de las comunidades ofrecen a sus colegiados asesoramiento y
formación continua en la novedades, sobre todo legales.
¿Qué perspectivas laborales tiene?
Más del 80% de las fincas españolas están sujetas al régimen de
propiedad horizontal o en comunidad y, aunque alguno de los
copropietarios puede ejercer de administrador de la misma, en la mayoría
de esos casos la labor de gestión de la finca recae en manos de un
profesional cualificado contratado para llevarla a cabo.
El administrador de fincas es un profesional libre, que actúa como autónomo a través de una consulta o asesoría
que habitualmente también le permite realizar otras labores que elevan
más sus importantes percepciones económicas: normalmente, los
administradores de fincas realizan otros servicios inmobiliarios, como
las valoraciones de inmuebles o peritaciones, el asesoramiento y la
gestión e intermediación con los clientes y sus inquilinos o posibles
compradores.
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